Portada         Coahuila         Preguntas Frecuentes        Glosario         Sitios de Interés
 
           
 
     
     

Funciones Generales de la Subsecretaría de Egresos

 
 
 
Las funciones de la Subsecretaría de Egresos se encuentran establecidas en el Capítulo Tercero, artículo 10 del Reglamento Interno de la Secretaría de Finanzas,  que a la letra dice:
 

 

Capítulo III
De las Subsecretarías y Coordinaciones Generales

ARTÍCULO 10. Corresponde a la Subsecretaría de Egresos:

I.
Revisar los proyectos de los presupuestos que presenten las dependencias de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, organismos autónomos y entidades de la Administración Pública Estatal, a efecto de elaborar el anteproyecto del programa general del gasto público y someterlo a la aprobación del Secretario.
II.
Elaborar oportunamente el anteproyecto del Presupuesto Anual de Egresos de la Administración Pública Estatal, para someterlo a la consideración del Secretario.
III.
Vigilar que la ejecución del presupuesto de egresos se realice estrictamente apegada a la legislación aplicable, realizándose únicamente los gastos que estén comprendidos en el presupuesto de egresos o hayan sido autorizados por el Congreso del Estado.
IV.
Aperturar en representación de la Secretaría de Finanzas, las cuentas bancarias de inversión o cheques necesarias para el manejo adecuado de los recursos del Estado.
V.
Concentrar, custodiar y resguardar los fondos, títulos y valores financieros del Gobierno del Estado.
VI
Llevar la contabilidad del ejercicio del presupuesto de egresos, para su integración a los estados financieros de la hacienda pública y a la cuenta pública estatal, conforme a los sistemas, catálogos de cuentas y criterios generales que dispongan las normas aplicables o autorice el Secretario en la esfera de su competencia.
VII.
Llevar la contabilidad de los ingresos recaudados para su integración a los estados financieros de la hacienda pública y la cuenta pública estatal, conforme a los sistemas, catálogos de cuentas y criterios generales que dispongan las normas aplicables o el Secretario en la esfera de su competencia.
VIII.
Formular estados financieros mensuales y, durante el mes de enero de cada año, formular un informe pormenorizado del ejercicio anterior.
IX.
Llevar el control de la deuda pública del Estado, informando al Secretario periódicamente sobre el estado de las amortizaciones de capital y pago de intereses.
X.
Examinar en el aspecto financiero, todas las operaciones en que se haga uso del crédito público del Estado, y dictaminar en relación a su procedencia, con base en los límites presupuéstales.
XI.
Pagar a los municipios las participaciones federales y estatales que les correspondan, con base en las disposiciones legales y conforme a las estimaciones autorizadas por el Secretario en cumplimiento de aquellas.
XII.
Recibir, coordinar y registrar la entrega oportuna de los fondos descentralizados para inversión que la Federación participe al Estado y los recursos estatales que se descentralicen a los municipios.
XIII.
Someter oportunamente a la consideración del Secretario la cuenta pública estatal del ejercicio anterior.
XIV.
Pagar la nómina estatal.
XV.
Suscribir los títulos de crédito que, conforme a derecho procedan, en representación del fisco del Estado.
XVI.
Integrar y presentar a la consideración del Secretario, los estudios y proyectos técnicos, jurídicos y administrativos que resulten convenientes para optimizar la administración de las finanzas públicas del Estado, en el ámbito de su competencia.
XVII.
Emitir, suscribir y entregar los cheques para cubrir los compromisos del Gobierno del Estado.
XVIII.

Acreditar en una cuenta de acreedores los compromisos de pago contraídos por el Gobierno del Estado.

XIX.
Mantener actualizados los registros relativos a las disponibilidades bancarias.
XX.
Definir, establecer y coordinar el plan de informática de la Secretaría de Finanzas y coordinar las funciones en materia de Informática y comunicaciones de conformidad con la normatividad vigente.
XXI.
Las demás funciones que le confieran el presente Reglamento y demás disposiciones legales, así como las que le asigne el Secretario.

 

     
 
Subsecretaría de Ingresos
Subsecretaría de Egresos
Subsecretaría de Administración
Subsecretaría de Programación y Presupuesto
Coordinación General de Organismos y Fideicomisos
Coordinación General de Patrimonio
Dirección Jurídica
Secretaría Técnica
Secretaría Particular