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(*) Los datos aquí presentados son de carácter informativo y no tienen validez oficial.

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1.- ¿Cómo se distribuyen y en que se pueden utilizar los recursos provenientes del fondo para la infraestructura social municipal?

El ejecutivo distribuye dichos recursos a los municipios de la entidad y sólo podrán ser utilizados en acciones sociales básicas y en las inversiones que beneficien directamente a sectores de su población que se encuentren en condiciones de rezago social, de pobreza extrema. Estos recursos deben ser previamente autorizados por el COPLADEM, según el articulo 24 de la Ley de los Fondos Estatales para el Desarrollo Social en Coahuila.

Pueden utilizar se los recursos en obras de Infraestructura de Agua Potable, Alcantarillado, Urbanización Municipal, Electrificación rural y de Colonias Pobres Infraestructura Básica de Salud, Educativa, Mejoramiento de la Vivienda.

2.- ¿Conforme a qué ley se distribuyen los recursos del fondo para la infraestructura social municipal?

Los municipios de la entidad reciben estos recursos conforme a la Ley de Coordinación Fiscal, en donde se establecen criterios de pobreza extrema.

3.-¿Cómo se calcula el monto de los recursos económicos que integran el fondo para la infraestructura social, ejercicio 2004?

El cálculo de la participación porcentual utilizado para obtener los recursos, se realizó conforme ala base de datos de la Muestra Censal del XII Censo General de Población y Vivienda 2000, elaborada por el INEGI.

4.- ¿En qué se utilizan las aportaciones federales con cargo al fondo de aportaciones para el fortalecimiento de los municipios?

Estos recursos se utilizan de acuerdo a la satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras y a la atención a las necesidades directamente vinculadas a la seguridad pública de sus habitantes, pudiendo destinar el saldo en obras de carácter social.

5.- ¿Cómo se distribuyen los recursos del fondo de aportaciones para el fortalecimiento de los municipios?

Se distribuye entre los municipios de la entidad como lo establece la Ley de Coordinación Fiscal en su artículo 38, en proporción directa al número de habitantes con que cuenta cada uno de los municipios, de acuerdo con la información estadística más reciente que al efecto emita el INEGI.

6.- ¿Cuánto destinan los municipios del fondo de aportaciones para la infraestructura social municipal para mantenimiento y conservación de escuelas y para infraestructura de salud de su municipio?

De acuerdo al artículo 11 de la Ley para la Distribución de Participaciones y Aportaciones Federales a los Municipios del Estado de Coahuila, se destinará por lo menos el equivalente a un 25% de su techo financiero.

7.- ¿Cuándo y donde se publican los techos financieros de los municipios del fondo de aportaciones para la infraestructura social municipal?

Se publicarán en el Periódico Oficial del Estado a más tardar el 31 de enero de cada año.

8.- ¿Qué es un convenio intergubernamental?

Es un ajuste o convención, es una negociación en donde se acuerdan las acciones a realizar entre uno o más órdenes de Gobierno. (Municipal y/o Estatal) que celebran por una parte y la Iniciativa Privada a través de una Empresa y/o Cámara; Organización No-Gubernamental o entre ambos ordenes de Gobiernos, considerándose dicho Acuerdo un Convenio Local.

También el Estado celebra convenios con el Ejecutivo Federal, a través de sus distintas Secretarías Federales (CNA; SEMARNAP; SAHR; SCT; SEP; S.S.A. etc).

9.- ¿Qué es y cómo está integrado un convenio?

El documento escrito describe los acuerdos y acciones a realizar, bajo los términos, objetivos, condiciones, compromisos, vigencia y metas.

Se integra por: Descripción del Acuerdo, Antecedentes, Declaraciones, Cláusulas y firmas de las personalidades que participan en dicho acuerdo, con base a la normatividad vigente.

10.- ¿Qué tipos de convenio hay?

Los convenios son de: Coordinación, Intersectorial, de Concertación, de Ejecución, Coordinación p/cooperación, Coordinación y Cooperación y de Apoyo Financiero, entre otros.

11.- ¿Qué cobertura tienen?

Pueden tener una Cobertura Local, Estatal, Regional o Interestatal (entre varios Estados).

12.- ¿Qué vigencia tiene un convenio?

Generalmente presentan una vigencia al término del ejercicio fiscal:

31 de diciembre, a partir de la firma del acuerdo celebrado. En algunos casos su vigencia es posterior al mes de diciembre del año anterior.

13. ¿Qué porcentaje reciben los municipios del total del fondo general de participaciones que percibe el Estado?

Reciben el 20% del total que percibe el Estado.

14.- ¿Cómo se formulan los programas de mantenimiento de los inmuebles?

Los Municipios deberán coordinarse con las Autoridades Estatales.

15.-¿Cuándo se da a conocer la entrega deaportaciones?

El Gobierno del Estado por conducto de la Secretaría de Finanzas publicará, a más tardar el 31 de enero, el calendario de entrega, en el periódico oficial del Gobierno del Estado de Coahuila.

 

 

 
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