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(*) Los datos aquí presentados son de carácter informativo y no tienen validez oficial.

Ingresos

Impuesto Sobre Nóminas
 
     
 
 

1. ¿Quiénes están obligados al pago del Impuesto Sobre Nóminas?

R: Las personas físicas y morales que realicen erogaciones en efectivo o en especie por concepto de remuneraciones al trabajo personal prestado dentro del territorio del Estado de Coahuila, bajo la dirección y dependencia de un tercero.

2. ¿Cuál es la tasa correspondiente al Impuesto Sobre Nóminas?

R: La tasa correspondiente al Impuesto Sobre Nóminas, será el 1% sobre el monto total de las erogaciones gravadas por este impuesto.

3. ¿Con qué periodicidad se paga el Impuesto Sobre Nóminas?

R: Se paga mediante declaración mensual que deberá presentarse dentro de los primeros 17 días naturales del mes siguiente a aquél en que se hubieren realizado las erogaciones objeto de este impuesto.

4. ¿En dónde se debe realizar el pago Impuesto Sobre Nóminas?

R: El pago de este impuesto deberá efectuarse en las oficinas recaudadoras de la Secretaría de Finanzas, Instituciones de Crédito o establecimientos autorizados mediante el formato ISN-3.

5. ¿Hubo incremento al Impuesto Sobre Nóminas del 1%? ¿En dónde se publicó y cuál es el nuevo porcentaje a aplicarse?

R: El porcentaje para el año fiscal 2006 sigue siendo el 1%, según la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila, Capítulo Tercero, Artículo 24

6. ¿Qué se considera como sucursales, si tiene el periodo de gracia y a partir de cuándo se aplica el estímulo?

R: Se considera como sucursales los negocios que se tengan en el mismo Municipio. Se aplica el estímulo por los empleados que se contraten en cada sucursal y es por 12 meses.

7. ¿Se puede realizar el pago del impuesto vía Internet y cómo se realiza?

R: En Internet puede encontrar la información y formatos para el pago, sin embargo, éste debe realizarse en la Recaudación de Rentas. En el caso del Impuesto Sobre Nóminas también puede realizarse en las Instituciones bancarias autorizadas.

8. ¿Si soy persona moral con domicilio fiscal en otro estado cómo puedo realizar el pago de Impuestos y Derechos?

R: El pago debe realizarse en las oficinas recaudadoras de rentas del Estado de Coahuila. En el caso del Impuesto Sobre Nóminas también puede realizarse en las Instituciones bancarias autorizadas.

9. ¿Cuándo se recibe un requerimiento de Impuestos Estatales a pagar, qué debo hacer?

R: Debe acudir a la Recaudación de Rentas de su municipio al área de Trámites Diversos o Unicaja.

10. ¿Cómo debo realizar el cálculo para el pago del Impuesto Sobre Nóminas, Impuesto Sobre Hospedaje e Impuesto Sobre Automóviles Nuevos?

R: Se calcula en Impuesto Sobre Nóminas el 1% sobre las erogaciones en efectivo o en especie por concepto de remuneraciones; en Impuesto Sobre Hospedaje el 3% sobre los ingresos que se obtengan por el albergue, sin incluir alimentos; en el Impuesto Sobre Automóviles Nuevos se calcula aplicando la tarifa o tasa establecida en el artículo 3 de la Ley del I.S.A.N.

11. ¿Qué beneficio tengo al ejercer la opción del pago anual en Impuesto Sobre Nóminas?

R: El beneficio que gozará de es un estimulo fiscal de 10% de descuento.

12. ¿Cuáles son los recargos en Impuesto Sobre Nóminas, Impuesto Sobre Hospedaje e Impuesto Sobre Automóviles y cómo se calculan?

R: Hablando de Impuestos Estatales como son el Impuesto Sobre Nóminas e Impuesto Sobre Hospedaje, se pagarán recargos a razón del 2% por cada mes o fracción que transcurra, a partir del día en que debió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe. Para el impuesto Sobre Automóviles nuevos (Impuesto Federal) la tasa de recargos es publicada mensualmente en el Diario Oficial de la Federación y es variable.

13. ¿Qué estímulo tiene la contratación de personas discapacitadas y adultos mayores?

R: Las empresas que contraten adultos mayores y/o con capacidades diferentes, tendrán derecho a los estímulos fiscales siguientes:

PORCENTAJE APLICABLE

PORCENTAJE DE PERSONAL CONTRATADO

20%

4% HASTA UN 5%

25%

5% HASTA UN 7%

30%

7% HASTA 10%

50%

MÁS DE 10%

 

 

 
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